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ACUERDO
DE CONSTITUCIÓN DE LA ASOCIACIÓN
IBEROAMERICANA DE ENTIDADES REGULADORAS
DEL SECTOR ELECTRICO
En la ciudad de Buenos Aires, a 17 de marzo
de 2000
REUNIDOS
- Don Juan Legisa, en nombre y representación
del Ente Nacional Regulador de la Electricidad
de Argentina,
- Don Alejandro Novotny, en nombre y representación
de la superintendencia Nacional de Electricidad
de Bolivia,
- Don Jaconías De Aguilar, en nombre
y representación de la Agencia
Nacional de Energía Eléctrica
de Brasil,
- Don José Camilo Manzur, en nombre
y representación de la Comisión
de Regulación de Energía
y Gas de Colombia,
- Don Alvaro Barrantes, en nombre y representación
de la Autoridad Reguladora de Servicios
Públicos de Costa Rica,
- Don Diego Pérez, en nombre y
representación del Consejo Nacional
de Electricidad de Ecuador,
- Don Francisco Granadino, en nombre y
representación de la Superintendencia
General de Electricidad y Telecomunicaciones
de El Salvador,
- Don Pedro María Meroño,
en nombre y representación de la
Comisión Nacional de Energía
de España,
- Don Minor López, en nombre y
representación de la Comisión
Nacional de Energía Eléctrica
de Guatemala,
- Don Daniel Molina en nombre y representación
de la Comisión Nacional de Energía
Eléctrica de Honduras,
- Don Héctor Olea, en nombre y
representación de la Comisión
Reguladora de Energía de México,
- Don Rafael Moscote, en nombre y representación
del Ente Regulador de Servicios Públicos
de Panamá,
- Don Antonio Jorge Viegas de Vasconcelos
y Don Carlos Robalo, en nombre y representación
de la Entidade Reguladora do Sector Eléctrico
de Poturgal,
- Don Marcos Cochón, en nombre
y representación de la Superintendencia
de Electricidad de la República
Dominicana y
- Don Luis Villanueva, en nombre y representación
de la Comisión Nacional de Enegía
Eléctrica de Venezuela,
MANIFIESTAN
1. Que las partes anteriormente descritas
han convenido la constitución de
la ASOCIACIÓN IBEROAMERICANA DE
ENTIDADES REGULADORAS DEL SECTOR ELECTRICO.
2. La ASOCIACIÓN IBEROAMERICANA
DE ENTIDADES REGULADORAS DEL SECTOR ELECTRICO
se constituye como una organización
de carácter internacional de duración
ilimitada y sin fines de lucro y su constitución
se perfecciona de acuerdo con los siguientes
ACUERDOS
PRIMERO: El objeto de la Asociación
será promover el avance y el intercambio
de experiencias regulatorias en el sector
eléctrico, compartir el conocimiento
regulatorio en dicho sector, así
como propiciar la comunicación
entre especialistas y profesionales de
las Entidades Reguladoras que la integran.
SEGUNDO: Los Consejos de Administración
o los Organos de Máxima Dirección
de las Entidades Reguladoras firmantes
de este Acuerdo designarán un Delegado
que representará a la Entidad ante
la Asamblea General de la Asociación.
Para que la designación tenga efectos
legales deberá remitirse el correspondiente
certificado expedido por el Consejo de
Administración o por el Organo
de Máxima Dirección de cada
Entidad Reguladora, según el modelo
que se adjunta, debiendo enviarse el mismo
a la Secretaría General de la Asociación.
TERCERO: LA ASOCIACIÓN
IBEROAMERICANA DE ENTIDADES REGULADORAS
DEL SECTOR ELECTRICO se organizará
y funcionará bajo las normas establecidas
en los Estatutos que serán ratificados
por los Consejos de Administración
o por los Organos de Máxima Dirección
de las Entidades Reguladoras y que se
adjuntarán como Anexo nº 1
a este Acuerdo formando parte integrante
del mismo.
CUARTO: El Organismo Regulador miembro
de la Asociación que ejercerá
las funciones de la primera Presidencia
y Secretaría General de la Asociación
es la Comisión Nacional de Energía
de España.
Asimismo dicho Organismo ejercerá
las funciones de Secretaría General
con carácter interino hasta que
se reciban las ratificaciones de las Entidades
de Regulación firmantes de este
Acuerdo.
QUINTO: La intervención
de los representantes de las Entidades
Reguladoras en este Acuerdo de Constitución,
la designación del Delegado de
cada Organismo Regulador ante la Asamblea
General de la Asociación y el texto
definitivo de los Estatutos deberán
ser ratificados y aceptados por los Consejos
de Administración o por los Organos
de Máxima Dirección de las
Entidades Reguladoras en el plazo máximo
de dos meses desde la fecha en que se
produjo la firma del Acuerdo, por los
representantes de las Entidades Reguladoras.
Cada Entidad Reguladora deberá
expedir el correspondiente certificado
de ratificación por su Consejo
de Administración o por el Organo
de Máxima Dirección de la
misma, según modelo que se adjunta,
que se remitirá a la Secretaría
General de la Asociación para que
se anexe a este Acuerdo.
SEXTO: Las Entidades Reguladoras
del Sector Eléctrico pertenecientes
a Países Iberoamericanos que no
hayan participado en la III Reunión
Iberoamericana de Reguladores celebrada
en Panamá, o que habiendo participado
no firmaron el Acuerdo de Constitución,
podrán adherirse a la Asociación
mediante el envío a la Secretaría
General del correspondiente certificado
del acuerdo adoptado por su Consejo de
Administración o por su Organo
de Máxima Dirección declarando
su intención de participar en la
Asociación, aceptando los términos
del Acuerdo de Constitución y de
los Estatutos de la Asociación
y designando un Delegado que sea su representante
en la misma. Dicha certificación
se unirá al presente Acuerdo formando
parte integrante del mismo.
SÉPTIMO: La Asamblea
General de la Asociación considerará
en su próxima Reunión, como
punto de Orden del Día la situación
regulatoria de los sectores de Energía
Eléctrica y de Gas en los países
de las Entidades de Regulación
representadas en la Asociación,
especialmente en orden a la ampliación
de su ámbito al conjunto de los
sectores mencionados.
Pinche aqui para descargarse
el documento original del Acuerdo de Constitución
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