Órgano de gobierno y Procedimiento de elección del Presidente

 

PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE ARIAE

Pinche aquí para obtener el procedimiento de elección del Presidente de ARIAE

 

JUNTA DIRECTIVA

La Asociación será gestionada y representada por una Junta Directiva formada por el  Presidente, dos Vicepresidentes, los expresidentes de ARIAE cuyo mandato no hubiera expirado en la Institución por la que fueron nombrados en ARIAE y el Secretario Ejecutivo que ejercerá las funciones propias de los secretarios de los órganos colegiados. La Asamblea General podrá ampliar el número de Vicepresidencias hasta un máximo de cuatro.  En 2016 se adoptó el acuerdo por parte de la Asamblea General de ampliar la Junta Directiva a cuatro Vicepresidencias.  

Todos los cargos que componen la Junta Directiva serán gratuitos. Salvo los expresidentes de ARIAE hasta que expire su mandato en su institución, el resto de los cargos que componen la Junta Directiva serán designados y revocados por la Asamblea General y su mandato, salvo el del Secretario Ejecutivo, tendrá una duración de tres años, con carácter renovable por una sola vez.

Cuando opten a la presidencia de ARIAE dos o tres representantes de Instituciones de la asociación, la Asamblea General podrá elegir una presidencia rotatoria para el siguiente periodo de tres años, asignándose secuencialmente a los representantes que no ocupen la presidencia, las correspondientes vicepresidencias, que serán también rotatorias.

Los miembros de la Junta Directiva podrán causar baja por renuncia voluntaria comunicada por escrito a la Junta Directiva, por incumplimiento de las obligaciones que tuvieran encomendadas y por expiración del mandato.

Los miembros que hubieran agotado el plazo para el cual fueron elegidos, continuarán ostentando sus cargos hasta el momento en que se produzca la aceptación de los que les sustituyan.

En caso de cese o renuncia anticipada, el nuevo miembro será nombrado por el periodo restante del miembro sustituido y de su misma Entidad Reguladora.

La Junta Directiva se reunirá cuantas veces lo determine su Presidente y a iniciativa o petición de tres de sus miembros. Quedará válidamente constituida cuando asista la mitad más uno de sus miembros y para que sus acuerdos sean válidos deberán ser tomados por mayoría de votos. En caso de empate, el voto del Presidente será de calidad.

Además de reuniones presenciales se podrán realizar reuniones virtuales donde la comunicación se realice por medios electrónicos – correo electrónico, audio o video conferencia.

Las facultades de la Junta Directiva se extenderán, con carácter general a todos los actos propios de los fines de la asociación, siempre que no requieran, según estos Estatutos, autorización expresa de la Asamblea General.

Son facultades particulares de la Junta Directiva:

  1. Dirigir las actividades sociales y llevar la gestión económica y administrativa de la Asociación, acordando realizar los oportunos contratos y actos.
  2. Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General.
  3. Formular y someter a la aprobación de la Asamblea General los Balances y las Cuentas anuales.
  4. Proponer a la Asamblea General los Planes de Acción que le presenten los Grupos de Trabajo, así como y los trabajos que resulten de los mismos.
  5. Proponer a la Asamblea General la admisión y expulsión de socios.
  6. Cualquier otra facultad que no sea de la exclusiva competencia de la Asamblea General de socios.

La Junta Directiva actual de ARIAE (2025), junto a los Directores de los Grupos de Trabajo componen la Junta Directiva "ampliada", donde estos últimos cuentan con voz pero sin voto:

Junta Directiva de ARIAE

 

Cargo Miembro de ARIAE Responsable
     
Presidente República Dominicana - Superintendencia de Electricidad (SIE) D. Andrés E  Astacio Polanco
    Superintendente  
Vicepresidenta España - Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) Pilar Sánchez Nuñez
    Consejera 
Vicepresidente Brasil – Agência Nacional de Energia Elétrica (ANEEL) D. Sandoval Feitosa
    Director General  
Vicepresidente Panamá - Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP) D. Rodrigo Rodríguez
    Director de Electricidad
Vicepresidente Perú - Organismo Supervisor de Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN) D. Omar F Chambergo
    Presidente del Consejo Directivo
Expresidente  Colombia - Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) D. Antonio Jiménez                                                                                   Director Ejecutivo
Secretario Ejecutivo España - Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) D. Luis Jesús Sánchez de Tembleque
 

 

Grupos de trabajo de ARIAE

Grupo de Trabajo Miembro de ARIAE Director
     
Electricidad (GTE) Portugal - Entidade Reguladora dos Serviços Energéticos (ERSE) D. Pedro Verdelho 
    Presidente
Gas (GTG) Argentina - Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) D. Carlos Casares
    Interventor
Biocombustibles (GTB) Brasil – Agência Nacional do Petroleo, Gás Natural e Biocombustíveis (ANP) D. Fernando W de Moura Alves
    Director
Consumidores (GTC) República Dominicana - Superintendencia de Electricidad (SIE) D. Carlos Melo
    Asesor experiencia usuario final
Comunicación Social (GTCS) Costa Rica - Autoridad Reguladora de Servicios Públicos (ARESEP) Dña. Carolina Mora
    Jefa Dirección Relaciones Institucionales
Equidad de Género (GTEG) República Dominicana - Superintendencia de Electricidad (SIE) Dña. Aura Caraballo
    Director
Ciberseguridad (GTCB) Guatemala - Comisión Nacional de Energía Eléctrica (CNEE) D. Jorge Arauz
    Director
Institucional (GTI) España - Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC)  
     

 

 

El Presidente de ARIAE es un cargo ocupado por el Presidente de una Entidad Nacional Reguladora o por un integrante del máximo nivel de Dirección de dicha Entidad.

El Presidente tiene las siguientes atribuciones:

  1. Representar legalmente a la Asociación ante toda clase de organismos públicos o privados.
  2. Convocar, presidir y levantar las sesiones que celebren la Asamblea General y la Junta Directiva, así como dirigir las deliberaciones de una y otra.
  3. Ordenar pagos y autorizar con su firma los documentos, actas y correspondencia.
  4. Adoptar cualquier medida urgente que la buena marcha de la Asociación aconseje o en el desarrollo de sus actividades resulte necesaria o conveniente, sin perjuicio de dar cuenta posteriormente a la Junta Directiva.

Los Vicepresidentes de ARIAE son cargos ocupadas por los Presidentes de dos Entidades Nacionales Reguladoras o por integrantes del máximo nivel de Dirección de dichas Entidades, y les compete:

  1. Sustituir y representar, por su orden, al Presidente en la Asamblea General en caso de ausencia, vacante o impedimento.
  2. Representar a la Asociación ante instituciones, foros, Seminarios, etc., en la forma y ámbitos institucionales que esta representación sea delegada por el Presidente.
  3. Colaborar con el Presidente en cuantas tareas le sean requeridas, y
  4. Ejercer las funciones que les delegue el Presidente en lo relativo a supervisión de tareas y proyectos que acometa la Asociación.