Órgano de gobierno

La Asociación será gestionada y representada por una Junta Directiva formada por el  Presidente, dos Vicepresidentes, los expresidentes de ARIAE cuyo mandato no hubiera expirado en la Institución por la que fueron nombrados en ARIAE y el Secretario Ejecutivo que ejercerá las funciones propias de los secretarios de los órganos colegiados. La Asamblea General podrá ampliar el número de Vicepresidencias hasta un máximo de cuatro.  En 2016 se adoptó el acuerdo por parte de la Asamblea General de ampliar la Junta Directiva a cuatro Vicepresidencias. Excepcionalmente, podrán formar parte del Órgano de Gobierno los expresidentes de la antigua asociación ARIAE constituida en la ciudad de Buenos Aires el 17 de marzo de 2000, cuyo mandato no hubiera expirado en la Institución por la que fueron nombrados en la antigua asociación ARIAE.   

Todos los cargos que componen la Junta Directiva serán gratuitos. Salvo los expresidentes de ARIAE hasta que expire su mandato en su institución, el resto de los cargos que componen la Junta Directiva serán designados y revocados por la Asamblea General y su mandato, salvo el del Secretario Ejecutivo, tendrá una duración de tres años, con carácter renovable por una sola vez.

Los miembros de la Junta Directiva podrán causar baja por renuncia voluntaria comunicada por escrito a la Junta Directiva, por incumplimiento de las obligaciones que tuvieran encomendadas y por expiración del mandato.

Los miembros que hubieran agotado el plazo para el cual fueron elegidos, continuarán ostentando sus cargos hasta el momento en que se produzca la aceptación de los que les sustituyan.

En caso de cese o renuncia anticipada, el nuevo miembro será nombrado por el periodo restante del miembro sustituido y de su misma Entidad Reguladora.

La Junta Directiva se reunirá cuantas veces lo determine su Presidente y a iniciativa o petición de tres de sus miembros. Quedará válidamente constituida cuando asista la mitad más uno de sus miembros y para que sus acuerdos sean válidos deberán ser tomados por mayoría de votos. En caso de empate, el voto del Presidente será de calidad.

Además de reuniones presenciales se podrán realizar reuniones virtuales donde la comunicación se realice por medios electrónicos – correo electrónico, audio o video conferencia.

Las facultades de la Junta Directiva se extenderán, con carácter general a todos los actos propios de los fines de la asociación, siempre que no requieran, según estos Estatutos, autorización expresa de la Asamblea General.

Son facultades particulares de la Junta Directiva:

  1. Dirigir las actividades sociales y llevar la gestión económica y administrativa de la Asociación, acordando realizar los oportunos contratos y actos.
  2. Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General.
  3. Formular y someter a la aprobación de la Asamblea General los Balances y las Cuentas anuales.
  4. Proponer a la Asamblea General los Planes de Acción que le presenten los Grupos de Trabajo, así como y los trabajos que resulten de los mismos.
  5. Proponer a la Asamblea General la admisión y expulsión de socios.
  6. Cualquier otra facultad que no sea de la exclusiva competencia de la Asamblea General de socios.

La Junta Directiva actual de ARIAE (periodo 2022 a  2025), junto a los Directores de los Grupos de Trabajo componen la Junta Directiva "ampliada", donde estos últimos cuentan con voz pero sin voto: 

Junta Directiva de ARIAE
Cargo Miembro de ARIAE Responsable
     
Presidente Colombia - Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) D. Omar F. Prias Caicedo
  Director Ejecutivo
Vicepresidenta España - Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) Pilar Sánchez Nuñez
  Consejera
Vicepresidenta Ecuador - Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables (ARC) Dña. Kathya Delgado Arévalo 
  Directora Ejecutiva
Vicepresidente Panamá - Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP) D. Rodrigo Rodriguez 
  Director Nacional de Electricidad
Secretario Ejecutivo España - Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) D. Luis Jesús Sánchez de Tembleque 
   
     
Grupos de trabajo de ARIAE
Grupos de trabajo de ARIAE Institución Director
     
Electricidad Brasil – Agência Nacional de Energia Elétrica (ANEEL) Carlos Alberto Calixto Mattar
Superintendente de Regulación 
Gas Natural Portugal - Entidade Reguladora dos Serviços Energéticos (ERSE) D. Pedro Verdelho 
Presidente
Propuctos Petrolíferos Bolivia - Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) D. Germán D. Jimenez Terán
  Director Ejecutivo 
Biocombustibles  Brasil – Agência Nacional do Petroleo, Gás Natural e Biocombustíveis (ANP) D. Fernando Wandscheer de Moura Alves
Director
Upstream México - Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) D. Guillermo A Lastra Ortiz
  Secretario Ejecutivo
Consumidores Argentina - Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) D. Héctor Domingo Maya 
Gerente de protección del usuario
Comunicación Social Costa Rica - Autoridad Reguladora de Servicios Públicos (ARESEP) Dña. Carolina Mora Rodríguez
  Jefa de comunicaciones
Fiscalización y Normas   Guatemala - Comisión Nacional de Energía Eléctrica (CNEE) D. Jorge G. Arauz Aguilar
Director
Equidad de Género República Dominicana - Superintendencia de Electricidad (SIE) Dña. Aura Caraballo Castillo
Miembro del Consejo

 

El Presidente de ARIAE es un cargo ocupado por el Presidente de una Entidad Nacional Reguladora o por un integrante del máximo nivel de Dirección de dicha Entidad.

El Presidente tiene las siguientes atribuciones:

  1. Representar legalmente a la Asociación ante toda clase de organismos públicos o privados.
  2. Convocar, presidir y levantar las sesiones que celebren la Asamblea General y la Junta Directiva, así como dirigir las deliberaciones de una y otra.
  3. Ordenar pagos y autorizar con su firma los documentos, actas y correspondencia.
  4. Adoptar cualquier medida urgente que la buena marcha de la Asociación aconseje o en el desarrollo de sus actividades resulte necesaria o conveniente, sin perjuicio de dar cuenta posteriormente a la Junta Directiva.

Los Vicepresidentes de ARIAE son cargos ocupadas por los Presidentes de dos Entidades Nacionales Reguladoras o por integrantes del máximo nivel de Dirección de dichas Entidades, y les compete:

  1. Sustituir y representar, por su orden, al Presidente en la Asamblea General en caso de ausencia, vacante o impedimento.
  2. Representar a la Asociación ante instituciones, foros, Seminarios, etc., en la forma y ámbitos institucionales que esta representación sea delegada por el Presidente.
  3. Colaborar con el Presidente en cuantas tareas le sean requeridas, y
  4. Ejercer las funciones que les delegue el Presidente en lo relativo a supervisión de tareas y proyectos que acometa la Asociación.